Visa S – Visa para extranjeros que asisten a la policía como informantes

Después de la tragedia de los acontecimientos del 11 de septiembre, el gobierno de Estados Unidos ha considerado futuros ataques. Tuvieron que tomar medidas con respecto a posibles actividades delictivas o terroristas en los Estados Unidos. Por eso aprobaron la Ley de Extranjería y Nacionalidad, que hizo de la visa S una herramienta contra estas actividades. Este artículo analizará la visa S y proporcionará información relevante al respecto.

¿Qué es la visa S?

La visa S es una visa de no inmigrante de los EE. UU. Que permite a los testigos o denunciantes ayudar a las fuerzas del orden público y proporcionar información sobre una organización criminal en los Estados Unidos. También se conoce como visa «Snitch». Esta visa es temporal y no otorga permiso para vivir en los Estados Unidos de manera permanente. El gobierno de los EE. UU. Creó esta visa para las personas que no serían elegibles en los EE. UU. Si solicitaran cualquier otro tipo de visa. La visa también es para aquellos que serían deportables. Estas son personas que tienen antecedentes penales o tienen problemas con su estado migratorio. La visa S permite al Ministro de Seguridad Interior renunciar a estos motivos de inadmisibilidad. La exención se aplica solo si la persona en cuestión tiene información valiosa sobre una organización o actividad criminal o terrorista. La persona tendrá que demostrar que es un testigo valioso. Su información debe conducir al descubrimiento o prevención de actividades ilegales que ocurren en los Estados Unidos. Esta visa también es útil para testigos que tienen información y están en peligro en su país de origen debido a esto. El gobierno de los Estados Unidos puede proporcionarles un refugio seguro en el país siempre que cooperen con las autoridades pertinentes. Con la visa S, los denunciantes pueden vivir en los Estados Unidos durante 3 años. Durante este tiempo, deben seguir todas las reglas y leyes de EE. UU. Pueden solicitar un documento de autorización de empleo (EAD) y también trabajar en los Estados Unidos. Para asegurarse de que la visa S no se use indebidamente, Estados Unidos les ha establecido un límite de ejercicio anual. Solo se pueden emitir visas 250 S. Cada año, 200 de las visas son para denunciantes criminales y las 50 restantes son para denunciantes terroristas.

¿Cuáles son los tipos de visas S?

Hay dos tipos principales de visas S y una visa derivada.

  • La visa S-5 está destinada a denunciantes criminales que pueden proporcionar información valiosa para prevenir, detectar y / o condenar a una organización criminal;
  • La visa S-6 está destinada a denunciantes terroristas que pueden proporcionar información valiosa para prevenir, detectar y / o condenar una organización o ataque terrorista;
  • La visa S-7 es para familias de titulares de visas S-5 y S-6. Esto incluye a sus cónyuges e hijos.

¿Cuáles son los requisitos para la visa S?

Como hay dos tipos principales de visas S, ambos tienen requisitos diferentes. Para la visa S-5, el Fiscal General es la autoridad principal para determinar la elegibilidad. Para la visa S-6, las autoridades para determinar la elegibilidad son el Fiscal General y el Secretario de Estado. Los requisitos para la visa de denunciante criminal S-5 son los siguientes:

  • El denunciante debe tener información confiable sobre un aspecto importante de un crimen o sobre la inminente comisión de un crimen;
  • El denunciante debe estar dispuesto a compartir esta información con las fuerzas del orden de los EE. UU. O testificar ante un tribunal;
  • La presencia del informante en Estados Unidos es importante y conduce al éxito de la investigación o enjuiciamiento de este delito.

Los requisitos para la visa S-6 para denunciantes terroristas son los siguientes:

  • El denunciante debe tener información confiable sobre un aspecto importante de una organización terrorista o sus actividades;
  • El denunciante debe estar dispuesto a compartir esta información con las fuerzas del orden de los EE. UU. O testificar ante un tribunal;
  • El denunciante está o estará en peligro si proporciona esta información;
  • El denunciante es elegible para recibir un premio del Departamento de Estado por proporcionar esta información.

¿Cómo solicitar una visa S?

La persona que es un denunciante no puede solicitar una visa S. Debe comunicarse con la policía para demostrar que tiene información valiosa. Las autoridades determinarán primero si la persona es elegible para visas S-5 o S-6. Si la persona es elegible, la policía presentará una solicitud. La solicitud consiste en presentar el Formulario I-854, Registro de Testigos e Informantes Inter-Extranjeros. El Formulario I-854 también debe tener una hoja de cálculo preparada por la Oficina de Operaciones de Cumplimiento (OEO). Por último, también deberán adjuntar todos los documentos justificativos. La persona que está siendo considerada para la visa S también debe escribir una declaración. Esta declaración certificará que el solicitante renuncia a sus derechos a una audiencia de desalojo y a impugnar. Luego, la solicitud es firmada por un alto funcionario encargado de hacer cumplir la ley. Luego se somete a arbitraje. Finalmente, la solicitud es revisada por el Fiscal General, el Departamento de Estado y la OPA. Trabajan juntos y toman una decisión sobre la visa.

¿Cuáles son los requisitos para comunicar la visa S?

Una vez que el denunciante obtiene la visa S, debe cumplir con ciertos requisitos para aplicarla. Primero, el denunciante de la visa S debe informar regularmente a la agencia de cumplimiento de la ley patrocinadora. Deben informarles de cualquier conocimiento de la organización criminal o terrorista. También necesitan informar sobre sus actividades diarias. La agencia de aplicación de la ley, a su vez, informará a la Oficina de Operaciones de Ejecución de la División Criminal y al Departamento de Seguridad Nacional (DHS). Además, los denunciantes también deben informar trimestralmente al Fiscal General. El incumplimiento de las obligaciones de informar puede resultar en la expulsión. La autoridad de deportación en este caso es el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS). Por último, el denunciante no debe participar en actividades delictivas. Perderán su condición de no inmigrantes si cometen un delito punible con uno o más años de prisión.

¿Por cuánto tiempo es válida una visa S?

La visa S solo es válida por 3 años. Las autoridades estadounidenses han determinado que 3 años son suficientes para que el denunciante comunique cualquier conocimiento valioso sobre la actividad criminal o terrorista. Después de los 3 años, el denunciante debe regresar a su país de origen o solicitar un cambio de estatus. La visa S no permite una extensión. También es difícil para el denunciante calificar para cambios de estatus debido a su inadmisibilidad. Pero una posible solución es solicitar una tarjeta verde.

¿Puedo obtener una tarjeta verde con una visa S?

Para cambiar de estatus y obtener una Tarjeta Verde, el informante de la visa S debe solicitarla antes de que expire la visa S. Deben tomar varias medidas para asegurarse de ser elegible. El primer paso es obtener el Formulario I-854 con cartas que demuestren que el denunciante ha cumplido con su deber de hacer cumplir la ley al informar con regularidad. El segundo paso es completar el Formulario I-485, solicitud para registrar la residencia permanente o regular el estado en USCIS. En el formulario, el solicitante debe marcar la casilla «h» en la parte 2 y escribir «Y No inmigrante» en la línea al lado de esta casilla. Además, el denunciante debe adjuntar estos documentos de respaldo al Formulario I-485:

  • Dos fotos que cumplen con los requisitos fotográficos de EE. UU.
  • Una copia de su acta de nacimiento;
  • Formulario I-693, informe de examen médico y registro de vacunación;
  • Una copia de su Formulario I-94, Registro de entrada / salida;
  • Copias de todas las páginas del pasaporte;
  • Una carta que indique todas las fechas de salida y entrada a los Estados Unidos con una explicación de las razones por las que el informante tuvo que salir de los Estados Unidos;
  • Prueba de parentesco si el denunciante también tiene dependientes que buscan residencia permanente. Esto incluye certificados de matrimonio o nacimiento.
  • Evidencia de que el informante estuvo empleado mientras estaba en los Estados Unidos;
  • Recibido que han pagado todos los impuestos necesarios.

¿Puede mi familia reunirse conmigo en los EE. UU. Con una visa S?

Las autoridades estadounidenses permiten que los titulares de visas S traigan a sus familiares a los Estados Unidos. Los dependientes son el cónyuge y los hijos. Los hijos pueden estar casados ​​o solteros. La familia de los titulares de visas S-5 o S-6 pueden obtener una visa S-7. Aunque las visas S-5 y S-6

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