Visa J2 – Visa de no inmigrante para dependientes de titulares de visa J-1

La visa J-2 es una visa de no inmigrante estadounidense para dependientes. Los cónyuges o hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al titular de la visa J-1 con la visa J-2. Los titulares de la visa J-2 dependen del estado J-1, por lo que cualquier cambio en el estado J-1 también resultará en cambios en el estado J-2. Como hay muchas categorías de visas J-1, cada una tiene sus propias reglas para la visa J-2. La au pair, el consejero del campamento, el estudiante de secundaria y las categorías de participantes que trabajan y viajan no pueden traer dependientes J-2 a los Estados Unidos. Las otras categorías pueden tener dependientes D-2. Sin embargo, como los titulares de la visa J-1 están patrocinados por diferentes organizaciones y programas, solo se les puede permitir tener un empleado J-2 si su programa lo permite. Por ejemplo, si usted es un estudiante universitario y desea traer a su cónyuge a los EE. UU. Con una visa J-2, el gobierno de EE. UU. No especifica ningún objetivo para esto. Pero si su patrocinador no lo permite, no puede traer a su cónyuge a los Estados Unidos con una visa J-2. Al igual que con las visas J-1, las visas J-2 tampoco tienen límite, por lo que no hay límite para la cantidad de personas que pueden obtener este tipo de visa. Los titulares de la visa J-2 pueden inscribirse en estudios universitarios, obtener una licencia de conducir, abrir cuentas bancarias, ingresar y salir de los Estados Unidos en cualquier momento, así como trabajar bajo ciertas circunstancias.

Requisitos de la visa J-2

Las condiciones para calificar y ser elegible para una visa J-2 son las siguientes:

  • Ser cónyuge de un titular de una visa J-1 aprobada
  • Ser el hijo soltero menor de 21 años de un titular de visa J-1 aprobado
  • Estar autorizado para acompañar al titular de la visa J-1 de su patrocinador o programa

Muchas personas en pareja, pero aún no casadas, se preguntan si podrán acompañar a su pareja diaria a Estados Unidos. A menos que esté casado con el titular de la visa J-1 y tenga prueba auténtica de matrimonio, no es elegible para una visa J-2 para dependientes.

Solicitud de visa J-2

La solicitud de visa J-2 es similar a la solicitud de visa J-1. Si el patrocinador J-1 les permite traer dependientes, les emitirán un formulario DS-2019 por separado. Con este formulario, el procedimiento de solicitud D-2 es el siguiente:

  • Solicite en línea completando el formulario DS-160
  • Pague la tarifa de solicitud de visa de $ 160
  • Concierte una cita para una entrevista y reciba la carta de confirmación
  • Envíe estos documentos:
    • Tu pasaporte
    • El código de barras de su formulario DS-160
    • Su carta de confirmación de la entrevista
    • Una fotografía estilo visa estadounidense
    • Todas las páginas de SEVIS y una copia del formulario DS-2019
    • Una copia del formulario DS-2019 del titular de la visa J-1
    • Si el titular de la visa J-1 es un pasante o aprendiz, envíe también una copia del formulario DS-7002
    • Certificado de matrimonio para demostrar que está casado con el titular de la visa J-1
    • Álbum de boda y tarjetas de invitación.
    • Lista de invitados a la boda
    • En caso de matrimonio en la oficina de registro, copia de la escritura de notoriedad y foto con los testigos del matrimonio.
    • Actas de nacimiento de niños
    • Prueba de recursos financieros que muestre fondos suficientes para cubrir los gastos.
  • Asista a la entrevista donde tendrá preguntas sobre la entrevista para la visa J-2 relacionadas con sus intenciones en los Estados Unidos, su relación con el titular de la visa J-1 y su situación financiera.

Además de todo esto, debe tener un seguro médico para obtener la visa J-2. La mayoría de los patrocinadores del programa de intercambio brindan seguro médico al titular principal de la visa J-1. Algunos de ellos también pueden proporcionar seguro para dependientes D-2, pero otros no. Si el patrocinador del programa D-1 no proporciona una cobertura de seguro de salud válida para los dependientes D-2, deberá registrarse. Si su solicitud y entrevista van bien, la Embajada de los EE. UU. Donde presentó la solicitud le otorgará una visa J-2. La visa le permitirá irse a los Estados Unidos al mismo tiempo que el titular de la visa J-1 o después. Sin embargo, no puede viajar a los Estados Unidos antes que la persona que tiene la visa J-1.

Tiempo de tramitación de la visa D-2

El tiempo de procesamiento de una visa J-2 varía de un caso a otro. Dado que las embajadas de EE. UU. Tienen diferentes cargas de casos, el procesamiento de visas puede llevar distintos tiempos. Sin embargo, el tiempo de procesamiento general para la visa J-2 es de alrededor de 30 días o 1 mes. Entonces, desde el momento en que envíe su solicitud a la embajada de los EE. UU., Puede esperar una respuesta sobre si tiene o no la visa J-2 dentro de los 30 días.

Validez de la visa J-2

Debido a que depende del titular de la visa J-1, la validez de su visa J-2 está directamente relacionada con la suya. Esto significa que su visa J-2 es válida siempre que la visa J-1 también sea válida. Si su cónyuge con un J-1 tiene una visa que es válida por 2 años, su visa J-2 será válida por la misma duración. Si el titular de la visa J-1 solicita una extensión de visa y es aprobada, también puede solicitar una extensión. Una vez que se apruebe su extensión, recibirá un nuevo formulario DS-2019. Dado que la mayoría de las visas J-1 tienen un requisito de residencia en el hogar de dos años, lo mismo ocurre con los dependientes. Entonces, si su cónyuge tiene este requisito, su visa J-2 también depende de este requisito. Esto significa que después de que expire su visa, deberá regresar a su país de origen y permanecer allí durante 2 años antes de poder solicitar una visa similar, excepto para una visa de turista o turista. Algunos titulares de visas J-2 desean cambiar su estado por otra visa. Esto solo es posible si no tiene un requisito de residencia de dos años. Puede encontrar y solicitar un trabajo que lo haga elegible para otro tipo de visa, como una visa H-1B. En este caso, su empleador debe enviar su formulario I-129 para que pueda comenzar a trabajar. Si el titular de la visa J-1 solicita una exención por razones aceptables, usted, como empleado, tampoco está obligado a presentar una solicitud de exención. La exención de visa J-2 se vincula automáticamente a la J-1. Cuando el gobierno de los EE. UU. Otorga una exención J-1, esto también se aplica a los miembros de su familia. Sin embargo, puede solicitar una exención de visa J-2 en algunos casos:

  • Si el titular de la visa J-1 ha fallecido y puede proporcionar un certificado de defunción válido
  • Si se divorcia del titular de la visa J-1 y proporciona documentos de divorcio válidos
  • Si es hijo de J-1 y tiene 21 años y proporciona un certificado de nacimiento válido

Además de estos tres casos, también debe presentar documentos que expliquen por qué está solicitando una exención de visa J-2 y la persona J-1 no, y por qué se merece la exención. Además, los titulares de la visa J-2 también pueden solicitar una tarjeta verde. Si la persona J-1 obtiene una tarjeta verde, usted como empleado también la obtendrá. Sin embargo, también puede registrarse por motivos familiares o profesionales.

D-2 TRISTE

Una de las cosas más importantes que pueden hacer los titulares de la visa J-2 mientras se encuentran en el país es buscar trabajo en los Estados Unidos. Pueden hacerlo obteniendo un Documento de Autorización de Empleo (EAD). Solo pueden obtener el EAD después de llegar a Estados Unidos. Se recomienda que solicite el EAD de tres a cuatro meses después de llegar a los Estados Unidos. Esto se debe a que ha presentado pruebas al gobierno de los EE. UU. De que tiene suficientes recursos financieros para cubrir sus gastos durante los primeros meses en los EE. UU. Si solicita EAD de inmediato, tendrá dudas sobre su situación financiera. Para solicitar el EAD, envíe estos documentos:

  • Formulario I-765, Solicitud de autorización para trabajar
  • Copias de sus formularios DS-2019, formularios I-94 y pasaportes del titular J-1
  • 2 fotografías
  • Tu certificado de matrimonio
  • Una declaración que explique por qué desea el EAD, que no debería indicar ninguna necesidad financiera. Cuando obtuvo la visa J-2, la persona J-1 declaró que tiene suficientes recursos financieros para apoyarlo. Sus razones para obtener un EAD deben incluir viajes, recreación y propósitos culturales. No puede usar su salario de trabajo para complementar los ingresos de la Persona J-1. La declaración también debe contener información sobre la persona J-1, incluida su categoría, detalles del patrocinador y salario o salario.
  • Si ya ha encontrado un trabajo, envíe una carta de su empleador confirmando esto y el hecho de que no utilizará su salario para mantener al titular de la visa J-1
  • Puede solicitar que su EAD sea válido hasta el final de su estadía en los Estados Unidos escribiendo la fecha de vencimiento en su formulario DS-2019 en su estado de cuenta EAD.

Si obtiene el EAD, puede trabajar a tiempo parcial o completo en los Estados Unidos. Si su EAD expira antes de que expire su DS-2019, puede solicitar extensiones. Como empleado, también obtiene un Número de Seguro Social (SSN) y debe declarar impuestos de acuerdo con las leyes de los Estados Unidos.

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