Visa C, de tránsito

El visado de tránsito (visado C) es un visado de no inmigrante que permite a los extranjeros entrar en los Estados Unidos cuando están en tránsito hacia otro país extranjero. Todos los extranjeros que viajan a través de los EE.UU. para llegar a su destino final son elegibles para la visa de tránsito. El visado de tránsito le da permiso para entrar en el país de su destino final y viajar eficazmente fuera de los EE.UU.
Por lo general, un ciudadano de un país extranjero que desee entrar en Estados Unidos debe obtener primero un visado, ya sea un visado de no inmigrante para estancia temporal o un visado de inmigrante para residencia permanente. Los visados de tránsito (C) son visados de no inmigrante para personas que viajan en tránsito inmediato y continuo a través de los Estados Unidos de camino a otro país, con pocas excepciones. El tránsito inmediato y continuo se define como una salida razonablemente expedita del viajero en el curso normal del viaje, según lo permitan los elementos, y asume un itinerario preestablecido sin ningún privilegio de escala irrazonable. Si el viajero busca privilegios de escala con fines distintos al tránsito por Estados Unidos, como visitar a amigos o hacer turismo, tendrá que cumplir los requisitos para el tipo de visado requerido para ese fin.
Si ya tiene un visado de visitante (B) válido, puede utilizarlo para transitar por Estados Unidos. Si es usted ciudadano de un país participante, podrá transitar por Estados Unidos con el Programa de Exención de Visado.
Un ciudadano extranjero que viaja a otro país y que hará una breve escala en los Estados Unidos cuando el único motivo para entrar en los Estados Unidos es el tránsito.
Un pasajero que embarca desde un puerto extranjero en un crucero u otro buque que se dirige a otro país, distinto de los Estados Unidos, pero que en el transcurso del viaje el buque hace escala en los Estados Unidos sin intención de desembarcar en este país.
Un miembro de la tripulación que viaja a Estados Unidos como pasajero para unirse a un barco o avión en el que va a trabajar, prestando servicios para su explotación. También necesitará un visado D para tripulantes, que se suele expedir como una combinación de visado C-1/D.
Un ciudadano extranjero que proceda en tránsito inmediato y continuo a través de los Estados Unidos hacia o desde el Distrito de la Sede de las Naciones Unidas, en virtud de las disposiciones del acuerdo de la Sede con las Naciones Unidas, necesita un visado de tránsito diplomático (C-2). Los viajes dentro de los Estados Unidos se limitarán a las inmediaciones de la ciudad de Nueva York.
¿Cómo funciona un visado de tránsito?
Sin un visado de tránsito, usted no podrá viajar dentro y fuera de los EE.UU. y llegar a su destino final. Puede quedar atrapado en el aeropuerto. Además, debe asegurarse de solicitar visados de tránsito por separado para todos los miembros de su familia que vayan a viajar, ya que no hay visados de tránsito dependientes disponibles.
Un abogado de inmigración puede ayudarle a conseguir un visado de tránsito. Un abogado de inmigración puede preparar su caso y presentarlo sin cometer errores que retrasen su solicitud. Pueden aconsejarle sobre otras opciones revisando sus circunstancias. En caso de que su solicitud de visado de tránsito haya sido denegada por error, un abogado de inmigración puede ayudarle a volver a solicitarlo.
¿Cómo solicitar el visado de tránsito?
Debe seguir varios pasos para solicitar un visado. El orden de estos pasos y la forma de completarlos puede variar en la Embajada o Consulado de EE.UU. donde se solicite.
- Complete la solicitud de visado en línea
- Solicite un visado de no inmigrante en línea, formulario DS-160
- Complete la solicitud de visado en línea
- Imprima la página de confirmación del formulario de solicitud para llevarla a su entrevista.
- Deberá subir su foto mientras completa el Formulario DS-160 en línea. Su foto debe estar en el formato explicado en los Requisitos de la Fotografía.
- Programe una entrevista
Aunque generalmente no se requieren entrevistas para los solicitantes de ciertas edades que se indican a continuación, los funcionarios consulares tienen la facultad de exigir una entrevista a cualquier solicitante, independientemente de su edad.
Si usted tiene la edad:
- 13 años o menos: generalmente no se requiere entrevista
- 14-79: obligatoria (algunas excepciones para las renovaciones)
- 80 años o más: generalmente no se requiere entrevista
Debe concertar una cita para su entrevista de visado, generalmente, en la Embajada o Consulado de EE.UU. en el país donde vive. Puede programar su entrevista en cualquier embajada o consulado de EE.UU., pero tenga en cuenta que puede ser difícil obtener un visado fuera de su lugar de residencia permanente.
Los tiempos de espera para las citas de entrevista varían según el lugar, la temporada y la categoría de visado, por lo que debe solicitar su visado con antelación. Revise el tiempo de espera para la entrevista en el lugar donde va a solicitarlo.
Reúna y prepare los siguientes documentos necesarios antes de su entrevista para el visado:
- Pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos. Su pasaporte debe ser válido durante al menos seis meses más allá de su período de estancia en los Estados Unidos (a menos que esté exento por acuerdos específicos del país). Si en su pasaporte figura más de una persona, cada persona que necesite un visado deberá presentar una solicitud por separado.
- Solicitud de visado de no inmigrante, página de confirmación del formulario DS-160
- Recibo de pago de la tasa de solicitud, si está obligado a pagar antes de su entrevista
- Foto – Usted subirá su foto mientras completa el Formulario DS-160 en línea. Si la carga de la foto falla, usted debe traer una foto impresa en el formato explicado en los requisitos de la fotografía.
- Es posible que se requiera documentación adicional
- Revise las instrucciones sobre cómo solicitar un visado en la página web de la embajada o consulado donde vaya a solicitarlo. Es posible que se soliciten documentos adicionales para determinar si usted está cualificado. Por ejemplo, los documentos adicionales solicitados pueden incluir pruebas que demuestren
Su propósito de entrada en los Estados Unidos es el de transitar mientras viaja hacia otro país y que tiene la intención de salir de los Estados Unidos;
Su capacidad para pagar todos los gastos durante su estancia en los Estados Unidos; y/o
Su residencia en su país de origen y su intención de regresar a él.
La prueba de los preparativos de su viaje posterior y/o el permiso para entrar en otro país después de salir de los Estados Unidos puede ser prueba suficiente de que su propósito de entrar en los Estados Unidos es el tránsito. Las pruebas de su empleo y/o de sus vínculos familiares también pueden ser suficientes para demostrar que el propósito de su entrada en Estados Unidos es únicamente el tránsito y su intención de regresar a su país de origen. Si no puede cubrir todos los gastos durante su estancia en Estados Unidos, puede mostrar pruebas de que otra persona cubrirá algunos o todos los gastos de su viaje.
Asistir a la entrevista para el visado
Durante su entrevista para el visado, un funcionario consular determinará si usted reúne los requisitos para recibir un visado y, en caso afirmativo, qué categoría de visado es la adecuada en función del propósito de su viaje. Tendrá que demostrar que cumple los requisitos de la legislación estadounidense para recibir la categoría de visado que solicita.
Se tomarán huellas digitales sin tinta como parte del proceso de solicitud. Normalmente se toman durante la entrevista, pero esto varía según el lugar.
Después de la entrevista, su solicitud puede requerir más trámites administrativos. El funcionario consular le informará de si es necesario seguir tramitando su solicitud.
Cuando se apruebe el visado, podrá pagar una tasa de expedición de visado si es aplicable a su nacionalidad, y se le informará de cómo se le devolverá su pasaporte con visado. Revise el tiempo de tramitación del visado, para saber en qué momento su pasaporte con visado estará generalmente listo para ser recogido o entregado por el mensajero.
No haga planes de viaje definitivos ni compre billetes hasta que tenga un visado.
A menos que sea cancelado o revocado, un visado es válido hasta su fecha de caducidad. Por lo tanto, un visado estadounidense válido en un pasaporte caducado sigue siendo válido. Si tiene un visado válido en su pasaporte caducado, no lo saque de su pasaporte caducado. Puede utilizar su visado válido en su pasaporte caducado junto con un nuevo pasaporte válido para viajar y entrar en Estados Unidos.
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