Detención por inmigración ¿Qué debe saber?

Si lo detiene la policía local, deben acusarlo de un delito en el juzgado en un plazo de 48 horas (sin contar los fines de semana y días festivos), o de lo contrario liberarlo. Si la policía presenta cargos penales, debe quedar en libertad si se retiran los cargos, se le concede y paga la fianza, gana su caso penal, o completa su o cumple su condena.
Incluso entonces, la policía puede retenerlo otras 48 horas, si Inmigración ha puesto una «orden de retención» sobre usted. Si Inmigración no lo ha recogido dentro de estas 48 horas, entonces deben liberarlo.
Si la policía no presenta cargos penales y si inmigración no presenta una orden de detención, llame a un abogado o a una organización comunitaria para que lo ayude a ser liberado de la custodia policial. Pueden escribir una carta de demanda a la cárcel o al sheriff.
NO ofrezca información sobre su estatus migratorio al oficial de policía. No mienta. Diga sólo: «Quiero hablar con mi abogado»

¿Qué debe tener en cuenta si fue detenido por inmigración?

Tiene derecho a NO firmar ninguna declaración o documento, especialmente los que renuncian a su derecho a una audiencia frente a un juez de inmigración. Si es necesario, diga que quiere hablar con un abogado primero. NO ofrezca información sobre su situación de inmigración. Todo lo que diga será será utilizado en su contra más adelante.
Tiene derecho a ponerse en contacto con su consulado. La lista de consulados y sus números de teléfono deberían estar expuestos en la cárcel. Si no es así, pida el número a su agente de deportación. Póngase en contacto con su consulado inmediatamente.
Si deja un mensaje, diga su nombre, un número, el lugar donde fue arrestado y el nombre de su oficial de deportación. El cónsul puede ayudarlo a encontrar un abogado o proporcionarle otros servicios.

¿Cuáles son los derechos si se encuentra detenido por inmigración?

La Oficina de Detención y Expulsión del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) lo tiene detenido.
Después de ser arrestado, será colocado en una celda de detención, en una estación de procesamiento temporal o en prisión, donde se le tomarán las huellas dactilares y se le entrevistará. (A veces, algunos procesos se realizan durante la detención).
Después de ser procesado, se le asignará un oficial de deportación. Anote el nombre y el número de teléfono del oficial asignado a su caso.
Su oficial de inmigración debe darle un documento, llamado Aviso de Comparecencia (NTA), que contiene los cargos de inmigración contra usted. Este documento le ayudará a usted o a un abogado a resolver su caso. Asegúrese de pedir el documento si no se lo dan dentro de las 72 horas de su arresto.

Asegúrese de tener su «número A» (número de registro de extranjero (A99 999 999), que se encuentra en su tarjeta verde o en la documentación que le proporciona inmigración). Si no tiene el número con usted, póngase en contacto con un familiar y pídale su número. Si nunca recibió un «número A», se le asignará uno cuando sea procesado en el
centro de detención, y debe pedirle al oficial de deportación este número inmediatamente.

¿A dónde ira detenido por inmigración?

Poco después, se lo trasladará a un centro de detención de inmigrantes, a una cárcel local o a una base militar donde permanecerá mientras su caso de inmigración está pendiente. Mientras esté detenido, usted puede ser trasladado a instalaciones fuera del estado.
Usted podría ser trasladado en medio de la noche, así que mantenga una copia de todos sus documentos legales con usted en todo momento. Si sus documentos se guardan en el centro de detención/cárcel, pida al personal sus documentos legales inmediatamente después de saber que va a ser trasladado.
Si cree que puede ser trasladado a un centro de detención lejos de su casa, y tiene un abogado de inmigración aquí, su abogado puede presentar el formulario de inmigración G-28 con el Departamento de
Seguridad Nacional. Envíe el formulario por fax al Oficial de Deportación inmediatamente. Este formulario puede convencer al oficial para que detenga su traslado.

¿Tengo derecho a realizar un llamada telefónica si me detienen por inmigración?

Tiene derecho a hacer una llamada telefónica después de ser detenido. Memorice el número de teléfono de su abogado, familiar, amigo o portavoz, y póngase en contacto con él/ella inmediatamente.
Sus llamadas telefónicas pueden ser bloqueadas. Si tiene problemas para contactar con su familia o su abogado, pregunte al personal de la cárcel si han bloqueado el número. Además, pida a su familia que se ponga en contacto con su telefónica local para asegurarse de que pueden recibir llamadas desde el centro de detención o la cárcel.

Cuando lo detengan, inmigración registrará y marcará todos sus objetos personales. Pida un recibo de sus bienes personales. Esta es la única prueba de que tiene bienes personales. La propiedad puede ser retenida en la oficina de deportación o puede viajar de un centro a otro. No cuente con que Inmigración le ayude a rastrear o a gestionar sus bienes personales en casa o en el trabajo. Su propiedad debe ser devuelta cuando sea liberado de la custodia o deportado.
Asegúrese de que sus documentos legales no sean procesados como «propiedad personal». Porque usted quiere tener un acceso rápido a sus documentos legales, pida siempre tener sus documentos legales con usted. Si no puede conservar los documentos, tiene derecho a acceder a sus documentos legales en cualquier momento. Pregunte al personal del centro sobre el acceso a su material legal si se lo quitan. Además, asegúrese de que su familia tiene una copia de todos los documentos de inmigración y documentos legales (por ejemplo, certificados de nacimiento, certificados de matrimonio, pasaportes).
Aunque tiene derecho a acceder a sus otras pertenencias personales, estas peticiones se deniegan con regularidad. No obstante, no dude en solicitarlo por escrito al personal del centro.

¿Cómo puede saber mi familia dónde estoy detenido por inmigración?

Si su familia no sabe dónde está detenido, debe ponerse en contacto con la oficina local de Inmigración y Aduanas de la zona. Deben tener a mano su nombre completo y su «número A». Póngase en contacto con la sede del ICE en el 202-305-2734 si no conocen el número de la oficina de deportación. Esta información también está disponible
en línea en: http://www.ice.gov/about/dro/contact.htm.
Dígale a su familia que compruebe las normas de visita de la cárcel. Algunas cárceles requieren que usted proporcione una lista de nombres de los visitantes con antelación. Diga a los familiares indocumentados que no le visiten.

¿Cómo salir de la detención por inmigración?

Usted puede pedir la libertad bajo fianza si quiere salir de la detención por inmigración. ¿Qué es la fianza? Una fianza es una cantidad de dinero que se paga al gobierno como garantía de que usted asistirá a todas las audiencias y obedecerá la orden final del juez. Tiene que pagar el importe total. La fianza debe pagarse con un cheque de caja o un giro bancario, a nombre del Departamento de Seguridad Nacional. La persona que paga la fianza debe tener algún tipo de estatus migratorio e identificación. Puede pagar la fianza en cualquier oficina del ICE.
A veces los individuos son liberados sin tener que pagar fianza de inmigración. Esto se llama «liberación bajo su propio reconocimiento». Debe cumplir con los términos de la liberación, de lo contrario corre el riesgo de ser detenido de nuevo. Esto se suele conceder a personas con condiciones especiales, como el embarazo.

¿Cuándo solicitar una audiencia de fianza?

Siempre debe solicitar una audiencia de fianza. Puede que no sea elegible para la fianza si:

  • tiene una orden de deportación previa
  • tiene ciertas condenas penales
  • fue arrestado en la frontera/aeropuerto
  • el gobierno sospecha que tiene vínculos con el terrorismo.

¿Qué pasa si tengo antecedentes penales?

Debe obtener una copia de sus antecedentes penales y un abogado de inmigración con experiencia en deportaciones para ver si es elegible para una fianza. Puede obtener información de la oficina del secretario del condado en el que
fue condenado o de su antiguo abogado de defensa penal.

¿Qué pasa si no puedo pagar la fianza?

Puede pedir al juez de inmigración que le rebaje la fianza en la audiencia. El juez tiene la facultad de reducir la fianza a 1.500 dólares.
¿Qué debo llevar a la audiencia de fianza?

En esta audiencia, el juez considera si usted presenta un peligro, una amenaza para la seguridad nacional o un riesgo de fuga. Debe presentar cualquier documento que demuestren que tiene una dirección permanente, un empleo estable, familiares con estatus legal en los Estados Unidos, y cualquier evidencia de fuertes lazos con la comunidad. También debe pedir a su familia y amigos que asistan a la audiencia y que testifiquen sobre estos temas o que envíen cartas de apoyo. Usted no tiene derecho a un abogado gratuito en los procedimientos de inmigración. Sin embargo, tiene derecho a obtener un abogado sin coste alguno para el gobierno. También tiene derecho a representarse a sí mismo.
Una vez detenido, no tendrá mucho tiempo para encontrar un abogado antes de su caso, por lo que es muy importante que se ponga en contacto con un abogado lo antes posible.

Su oficial de deportación debe darle una lista de proveedores de servicios legales gratuitos en la zona. Si no es así, pida una copia de inmediato.
Si estas organizaciones no pueden ayudarle, pídale que le recomienden abogados de inmigración especializados en deportaciones.

Obtenga una copia de su expediente de inmigración:

Pida siempre una copia de su expediente. Puede enviar una solicitud formal de la «Ley de Libertad de Información»
a la Oficina de Deportación. También puede pedir al juez de inmigración que le dé una copia de su expediente, o al menos, de las pruebas desfavorables en su contra.

Audiencias de inmigración:
Si no tiene una audiencia, averigüe por qué. Es posible que no tenga una audiencia si tiene ciertas condenas penales, si fue arrestado en la frontera o en el aeropuerto, o si recibió una orden de deportación. En algunos casos, puede impugnar las razones por las que no tiene una audiencia.

¿Qué pasa si tengo miedo de volver a mi país?

Si tiene miedo de volver a su país notifique a su agente de deportación y al Tribunal de Inmigración inmediatamente. Puede tener derecho a una entrevista con un oficial de asilo o a plantear esta cuestión en el tribunal.
Asegúrese de contratar a un abogado especializado en deportaciones. Asegúrese de que su abogado tenga una copia de su NTA antes de que le prometa lo que puede hacer por usted. Solicite un contrato por escrito a su abogado antes de pagarle. Este contrato se llama «acuerdo de retención». Guarde siempre el nombre completo y la información de contacto de su abogado con usted en todo momento.

¿Dónde se realizará mi audiencia?

Se celebrará en un tribunal de inmigración local o en un tribunal dentro de las instalaciones. En esa situación, debe presentar una «Moción» (solicitud) para una audiencia en persona. Independientemente de que tenga una audiencia en persona, su abogado puede presentarse en la Corte de Inmigración en su nombre. Documente detalladamente cualquier abuso o violación de las condiciones de detención o problemas graves de salud médica o mental. Incluya:

  • Fecha y nombres de los funcionarios de inmigración o de la cárcel que puedan estar involucrados.
  • Presente una queja en la cárcel y envíe copias a la oficina local del ICE de la cárcel, a una organización de derechos humanos o civiles, como el Centro Nacional de Justicia de Inmigración.

¿Tengo derecho a un intérprete en la audiencia?

Tiene derecho a un intérprete en su audiencia principal si no habla inglés.
Asegúrese de que usted o su abogado pidan al juez un intérprete en la audiencia principal.

¿Cuándo es mi audiencia?

Para saber cuándo está programada su próxima audiencia llame al: 1-800-898-7180. Esta es la línea automática de los tribunales de inmigración. Tenga a mano su «número A». Tendrá al menos una audiencia. Un «calendario maestro» es una audiencia corta ante el juez de inmigración. Durante esta audiencia, usted puede pedir al juez que
que posponga o «continúe» la audiencia a otra fecha para permitirle encontrar un abogado.
Si no quiere pelear su caso, puede pedirle al juez que lo expulse o deporten voluntariamente.

Si quiere pelear su caso o pedir más tiempo para encontrar un abogado, normalmente se le programará otra audiencia. Si se ve obligado a proceder sin un abogado, niegue los cargos (esto puede obligar al gobierno a probar los cargos). Si está solicitando para permanecer en los Estados Unidos legalmente, tendrá una Audiencia «individual» para presentar su caso al juez de inmigración. Deberá llevar cualquier documentos y testigos relevantes para testificar en la audiencia. Es posible que no reciba una audiencia individual si el juez considera que no tiene derecho a ninguna ayuda.

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